Testamento y Codicilo de la Reina Isabel la Católica
(12 de octubnre y 23 de noviembre de 1504)
Dispone sea enterrada en el Monasterio de San Francisco, en la Alhambra de Granada, y de que sean trasladados sus restos a la sepultura que el Rey pudiera elegir para sí ( Los Reyes Católicos tiene Cripta Real en la Catedral de Granada ) caso especial de la merced de la villa de Moya de otros lugares anejos a dicho Marquesado, restitución a la ciudad de Ávila de los lugares y vasallos que el Rey Enrique IV había dado al Duque de Alba, ordena que el Marquesado de Villena permanezca siempre en la Corona y Patrimonio Real.
Dispone que la ciudad de Gibraltar y su término permanezca siempre como propiedad de la Corona. Anulación de la tolerancia o licencia por cual ciertos particulares disfrutaban de las alcabalas, tercias, pechos y derechos pertenecientes a la Corona. Reversión a la Corona, de las rentas concedidas por la Reina a su hija doña María, Reina de Portugal. Cumplimiento de las capitulaciones con Portugal e Inglaterra.
Instituye como heredera universal de todos los reinos, tierras y señoríos, a su hija Doña Juana, debiendo prestarle acatamiento como Reina de todos sus súbditos, y al Príncipe don Felipe el Hermoso, como a su marido.
Dispone que los beneficios que produzcan las Islas Canarias, y los territorios de América, sean para los Reinos de Castilla y León.
Dispone que el Rey Don Fernando el Católico, deberá regir y gobernar los reinos y señoríos de la princesa Doña Juana, cuando ésta no pudiera hacerlo, por ausencia u otros motivos, hasta que Don Carlos, su hijo,cumpliera los veinte años.
Recomienda a sus hijos la protección de la Fe Católica, el favor de la Santa Inquisición, la prosecución de la conquista de África, y la guarda de todos los privilegios y mercedes concedidos por ella, y sus antecesores.
Concede y confirma al Rey Don Fernando, de por vida, además de los Maestrazgos de las Órdenes Militarres, y la mitad de los que rentaren, y de los beneficios de las tierras de América, hasta entonces descubiertos, diez cuentos de maravedíes sobre la renta de las alcabalas de los Maestrazgos.
Señala renta para la crianza y sustentación de su nieto, el Infante Don Fernando.
Determina el orden de sucesión en el reino, disposiciones sobre las joyas y reliquias, sobre cómo debe hacerse efectivo el pago de deudas y cargos, evangelización de las Indias y protección de sus habitantes, manda se digan, veinte mil misas de requiem por las almas de sus servidores, manda que se vea si es justa la reclamación por la Orden de Calatrava, sobre la villa de Fuenteovejuna. Manda se vea los títulos y derechos que tenía la Reina a poserr las villas de los Arcos y la Guardia, que fueron del Reino de Navarra; luto, exequias y limosnas. Pago de deudas y encargo de misas por su alma, dotación para casar doncellas menesterosas y para que otras, pobres, puedan entrar en religión, redención de doscientos cautivos, designación de albaceas testamentarios.
Manda que la Reina de Portugal, y la Princesa de Gales, sus hijas, se den por satisfechas con sus dotes y casamientos, dispone que cuando su cuerpo haya sido sepultado en el Monasterio de Santa Isabel, de la Alhambra de Granada, sea trasladado el cuerpo de su hija, Isabel. Manda se haga el sepulcro de su hijo, el Príncipe Don Juan, en Santo Tomás, de Ávila, sobre la terminación de la Capilla Real de Granada. Otorga poder especial, a los albaceas testamentarios: Juan Velázquez y Juan López, para que puedan disponer de sus bienes personales, para el pago de deudas, cargos, y otras cosas contenidas en el testamento. Manda que el testamento origianl, se guarde en el Monasterio de Guadalupe, y dos traslados autorizados del mismo, uno, en Santa Isabel de la Alhambra de Granada, y otro, en la Catedral de Toledo.
Testigos: Don Juan Rodríguez Fonseca, Obispo de Córdoba, Don Fadrique de Portugal, Obispo de Calahorra, Don Valeriano Ordoñez de Villaquirán, Obispo de Ciduad Rodrigo, El Doctor Martín Fernández de Angulo, Arcediano de Talavera, El Doctor Pedro de Oropesa, El Licenciado Luís Zapata, del Consejo de sus Altezas.
Yo, Santo Paredes, Camarero de la Reina, Nuestra Señora, presente por testigo el otorgamiento que Su Alteza hizo de este testamento y se lo vi firmar y su nombre y lo vi sellar con su sello.
Informa: Juan Romero Díaz, de Murcia (España)
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