Para aceptarlo como "Casa de Ugarte/Uharte" deberíamos atestiguar que,en este caso,UGARTE/UHARTE se trata de un antropónimo(nombre propio de persona),apellido o apelativo(sobrenombre,mote).Conocido esto,sí podría ser interpretado de aquella manera pero,sin esa necesaria testificación,debemos acudir a su interpretación dentro de la toponimia,es decir, "La Casa de la Isla".
En cualquier caso,queda demostrado su origen vasco y su no pertenencia al tronco lingüístico romance(español/castellano o catalán).
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